Las siete zonas de navegación españolas y hasta dónde puedes ir
1La lección en palabras sencillas
España establece siete zonas de navegación para las embarcaciones de recreo. La categoría de diseño de tu embarcación y su equipo determinan por cuáles puedes navegar.
Una norma desde 2021
La seguridad de las embarcaciones de recreo en España se regula por el Real Decreto 339/2021, vigente desde el 1 de julio de 2021. Sustituyó a la antigua Orden FOM/1144/2003, aún citada en muchos manuales. Abarca embarcaciones de 2,5 a 24 m con un máximo de 12 pasajeros. Se aplica a las matriculadas en España. También a las de pabellón extranjero cuyos propietarios o usuarios residan en España, cuando naveguen por aguas interiores marítimas o el mar territorial español.
Las siete zonas
La zona 1 no tiene límite. Las distancias se expresan en millas náuticas (NM). La zona 2 llega hasta 60 NM de la costa; la zona 3, hasta 25 NM; la zona 4, hasta 12 NM. Las zonas 5 y 6 permiten alejarte 5 NM y 2 NM de un abrigo o playa accesible. La zona 7 comprende aguas costeras protegidas: puertos, radas (fondeaderos resguardados), rías (entrantes del mar en la costa sujetos a las mareas) y bahías. Un abrigo permite que tu embarcación se refugie y que todos desembarquen.
La categoría de diseño fija el límite
Una embarcación con marcado CE (conformidad con la normativa de la UE) puede navegar por las zonas de su categoría de diseño (clasificación europea del viento y oleaje que puede soportar el casco), si lleva el equipo exigido. Categoría A: zonas 1–7. B: zonas 2–7. C: zonas 4–7. D: solo zona 7. Sin marcado CE, rige la zona indicada en su documentación. En cualquier zona, evita vientos u olas que superen los límites de diseño.
Zonas de baño junto a la playa
Las embarcaciones de recreo no pueden entrar en zonas de baño balizadas con boyas. Sal y llega a tierra solo por los canales señalizados. Sin balizamiento, la zona de baño ocupa una franja de 200 m frente a las playas y de 50 m frente al resto de la costa. Dentro de ella, navega a 3 nudos o menos y no realices vertidos.
Aguas sucias
Son las aguas residuales de los aseos. Sin tratar: a más de 12 NM de la tierra más próxima. Trituradas y desinfectadas por un sistema homologado: a más de 3 NM. Vacía los depósitos de retención gradualmente, navegando a 4 nudos o más. Una instalación de tratamiento homologada puede descargar fuera de la zona 7 si el agua tratada no contiene sólidos flotantes visibles ni decolora el mar. Donde esté prohibido verter, conserva las aguas para su extracción en tierra. Consulta las restricciones locales. Estas distancias se miden desde la línea de base del mar territorial, no necesariamente desde la costa visible.
2Datos clave
- Zonas 1–4 (desde la costa)
- Sin límite, 60 NM, 25 NM, 12 NM
- Zonas 5–6 (desde un abrigo)
- 5 NM y 2 NM desde un abrigo o playa accesible
- Zona 7
- Puertos, radas, rías y bahías abrigadas
- Categorías de diseño
- A: 1–7 · B: 2–7 · C: 4–7 · D: 7
- Zona de baño sin balizar
- 200 m frente a playas, 50 m en el resto; máximo 3 kn
3Puntos clave
- 1
El RD 339/2021 (desde el 1 de julio de 2021) regula zonas y equipo; la Orden FOM/1144/2003 está derogada.
- 2
Zonas 1–4: distancia desde la costa (sin límite, 60, 25, 12 NM); zonas 5–6: desde un abrigo (5, 2 NM).
- 3
La categoría de diseño A, B, C o D limita las zonas de una embarcación CE.
- 4
No entres en zonas de baño balizadas; a 200 m o menos de una playa sin balizar, no superes 3 nudos.
4Errores frecuentes
Error: La zona 5 permite alejarte hasta 5 NM de cualquier punto de la costa.
Correcto: Las zonas 5 y 6 se miden desde un abrigo o playa accesible, no desde la costa en general.
Error: Una embarcación de categoría C puede navegar en zona 3 si lleva balsa salvavidas.
Correcto: La categoría C se limita a las zonas 4–7. Llevar más equipo nunca amplía lo permitido por su categoría de diseño.
Error: El equipo de seguridad se regula por la Orden FOM/1144/2003.
Correcto: Esa orden se derogó el 1 de julio de 2021. La norma vigente es el Real Decreto 339/2021.
5Caso práctico y claves de examen
Tu embarcación a motor CE de categoría C pasaría por un punto a 15 NM de la costa más próxima antes de volver a una playa sin balizar. ¿Puedes seguir esa ruta? ¿Cómo debes acercarte a la playa?
Ver la respuesta
No. Ese punto supera las 12 NM de la zona 4. Elige una ruta que se mantenga a 12 NM o menos de la costa más próxima. Frente a la playa sin balizar, los primeros 200 m son zona de baño: reduce a 3 nudos o menos, vigila a los bañistas y no realices vertidos. Si la zona de baño está balizada, no entres y utiliza el canal señalizado.
Claves de examen
- Zonas: 1 sin límite, 2 = 60 NM, 3 = 25 NM, 4 = 12 NM, 5 = 5 NM y 6 = 2 NM desde abrigo, 7 = aguas protegidas.
- Categoría de diseño A: zonas 1–7; B: 2–7; C: 4–7; D: 7.
- Zona de baño sin balizar: 200 m frente a playas, 50 m frente al resto de la costa, máximo 3 nudos.
- Aguas sucias: sin tratar > 12 NM; trituración/desinfección homologada > 3 NM; instalación homologada fuera de zona 7, sin sólidos flotantes visibles ni decoloración. Respeta las prohibiciones de vertido. Vacía los depósitos gradualmente navegando a ≥ 4 nudos.
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