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Oficial de protección del buque: el plan de protección, la evaluación de riesgos y las inspecciones (STCW A-VI/5)

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Derecho y guardias≈ 3 min de lectura

Declaraciones de protección marítima, registros y sistema de alerta

1La lección en palabras sencillas

En una frase

Una declaración de protección marítima asigna responsabilidades entre buques o entre buque y puerto. Los registros documentan la protección y se conservan según el Estado de abanderamiento.

Declaración de protección marítima

Una declaración de protección marítima (DPM) es un acuerdo entre el buque y la instalación portuaria, u otro buque, sobre las medidas de protección que tomará cada uno. La firma el capitán o el OPB por el buque, y el OPIP o el responsable de protección en tierra por el puerto. Enumera las actividades, el nivel de protección y el responsable de cada medida.

Cuándo se necesita una DPM

El Gobierno decide cuándo la necesita una instalación portuaria. El buque puede solicitarla cuando: su nivel de protección sea superior al de la instalación u otro buque; exista un acuerdo entre Gobiernos sobre DPM; haya habido una amenaza o suceso de protección; la instalación no esté obligada a tener un plan de protección aprobado; o realice una actividad buque a buque con otro sin PPB aprobado.

Conservar DPM e información de escalas

El Estado de abanderamiento fija el plazo mínimo de conservación de las DPM. Por separado, SOLAS XI-2/9.2.3 exige información de protección de las últimas 10 escalas en instalaciones portuarias. Incluye niveles de protección, medidas especiales o adicionales en esos puertos y procedimientos de protección durante actividades buque a buque. Conserva las DPM necesarias para respaldar esos registros. El Estado rector del puerto puede pedir esa información antes de entrar.

Registros según PBIP A/10

Registra formación, ejercicios y prácticas; amenazas, sucesos e infracciones; cambios de nivel; comunicaciones directas de protección; auditorías internas y revisiones; revisiones de la EPB y el PPB; enmiendas del plan; y mantenimiento, calibrado y pruebas de equipos, incluido el SSAS. Conserva los registros a bordo durante el plazo mínimo del Estado de abanderamiento. Usa el idioma de trabajo; si no es inglés, francés ni español, añade una traducción a uno de ellos. Protégelos contra el acceso o divulgación no autorizados, y los electrónicos contra el borrado, destrucción o modificación.

El SSAS en una frase

El sistema de alerta de protección del buque (SSAS), regulado por SOLAS XI-2/6, envía a tierra una alerta encubierta que identifica el buque y su posición, sin alarma a bordo. Tiene al menos dos puntos de activación, uno en el puente; sus pruebas se explican en Tareas de protección designadas.

2Datos clave

Firma de la DPM
Capitán u OPB por el buque; OPIP o responsable de protección en tierra por el puerto
Conservación de DPM
Durante el plazo del Estado de abanderamiento (PBIP A/5)
Últimas escalas
Información de protección de las últimas 10 escalas en instalaciones portuarias
Registros
PBIP A/10; se conservan durante el plazo del Estado de abanderamiento
SSAS
SOLAS XI-2/6: alerta encubierta; dos puntos de activación, uno en el puente

3Puntos clave

  1. 1

    La DPM la firman el capitán o el OPB y el OPIP o el otro buque.

  2. 2

    Pide una DPM cuando tu buque tenga un nivel de protección superior al del puerto.

  3. 3

    Conserva DPM y registros durante el plazo del Estado de abanderamiento.

  4. 4

    Conserva información de protección de las últimas 10 escalas en instalaciones portuarias, además de cumplir el plazo de conservación de DPM.

  5. 5

    PBIP A/10 enumera los registros de protección que debes conservar.

4Errores frecuentes

  • Error: Se necesita una DPM en cada escala.

    Correcto: Se necesita cuando lo exige el Gobierno o cuando el buque la solicita en los casos previstos, como un nivel de protección superior.

  • Error: Los registros de protección pueden desecharse después de cada viaje.

    Correcto: Consérvalos durante el plazo del Estado de abanderamiento y protégelos contra el acceso no autorizado.

5Caso práctico y claves de examen

Situación

Tu Estado de abanderamiento eleva el nivel de protección del buque a 2 mientras estás atracado en una instalación portuaria de nivel 1. El OPIP dice que para ellos no ha cambiado nada. ¿Qué haces como OPB?

Ver la respuesta

Aplica de inmediato las medidas de nivel 2 a bordo. Informa al OPIP y solicita una DPM, pues el nivel del buque es superior al del puerto. Acordad quién hace qué: control de acceso, vigilancia y comprobaciones de carga. Fírmala por el buque como OPB o haz que la firme el capitán. Registra el cambio de nivel, la DPM y las comunicaciones.

Claves de examen

  • DPM: buque e instalación portuaria, o buque y buque; firma del capitán o del OPB.
  • El buque puede solicitar una DPM: nivel superior al de la instalación u otro buque; acuerdo gubernamental; amenaza o suceso pertinente; instalación no obligada a tener plan aprobado; actividad con otro buque sin PPB aprobado.
  • Lista de registros en PBIP A/10; DPM y registros conservados según el Estado de abanderamiento.
  • SSAS: SOLAS XI-2/6, encubierto, dos puntos de activación.

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Cuando la hayas leído, responde tres preguntas. Acierta las tres para terminar la unidad; solo abrir la página no cuenta.

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