Matrícula, documentos a bordo e inspecciones
1La lección en palabras sencillas
Una embarcación portuguesa debe matricularse antes de usarse y llevar su livrete. La Polícia Marítima puede comprobar documentos, equipo y límites.
Matrícula
Toda ER debe matricularse antes de usarse. La Capitania (oficina local de la AMN) registra la propiedad y expide el livrete, documento que acredita la matrícula. Es electrónico, con código de acceso; la copia en papel es opcional. Una auxiliar exenta da servicio a una embarcación de recreo principal y puede transportarse a bordo de ella. Hasta 2,5 m y 4,5 kW, no necesita matrícula, inspección ni tasas.
Documentos a bordo
Lleva el livrete, la carta del patrón, la póliza de seguro y el justificante del IUC (impuesto de circulación que afecta a algunas embarcaciones), cuando corresponda. Según la embarcación, añade licencia de estación de radio, acta de inspección y certificado de revisión de la balsa salvavidas. Los documentos vinculados al livrete electrónico no necesitan papel: los agentes los consultan en la base de datos. El artículo 61(5) exige certificado de radiooperador para cartas anteriores a 2019, pero el 63(2) permite a titulares de Local, Costa y Alto-Mar existentes usar su carta. Estos son tus documentos de bordo (documentos a bordo).
Seguro obligatorio
El seguro de responsabilidad civil frente a terceros es obligatorio para los tipos 1, 2, 3 y 4. En el tipo 5, para embarcaciones con motor y veleros de más de 7 m. Propietarios y patrones responden solidariamente por daños a terceros, con independencia de quién tenga la culpa, salvo que el perjudicado sea el único causante del accidente.
Inspecciones
La vistoria periódica (inspección periódica) corresponde cada 10 años desde la primera matrícula. Es cada 5 años si han pasado más de 20 desde la primera matrícula, si supera 24 m o si es de madera y supera 12 m. Las embarcaciones nuevas con marcado CE están exentas de inspección inicial.
Qué comprueban los agentes
La Polícia Marítima (policía marítima de la AMN) comprueba livrete, carta, seguro, equipo, límites del tipo, personas autorizadas y normas de playas. Los tipos 1–3 enarbolan la bandera nacional al entrar o salir de puerto y al pasar junto a buques de guerra o de seguridad. Enarbólala siempre que enarboles otra bandera. Estas obligaciones no se aplican durante regatas (competiciones náuticas). Superar los límites del tipo, navegar sin carta o seguro, o con sobrecarga supone una multa de 300–3.000 € para personas físicas.
2Datos clave
- Auxiliares exentas
- ≤ 2,5 m y ≤ 4,5 kW: sin matrícula ni inspección
- Seguro obligatorio
- Tipos 1–4; tipo 5 con motor; tipo 5 a vela de más de 7 m
- Inspección periódica
- 10 años; 5 si matrícula inicial hace >20 años, >24 m o madera >12 m
- Documentos a bordo
- Livrete, carta, seguro y justificante del IUC (si procede)
- Multas (personas físicas)
- 50–1.500 € por identificación o bandera; 300–3.000 € por infracciones graves
3Puntos clave
- 1
Matricula antes del primer uso; el livrete electrónico lo acredita.
- 2
A bordo: livrete, carta, póliza de seguro y justificante del IUC, más documentos de radio e inspección si corresponden.
- 3
Seguro: tipos 1–4, todo tipo 5 con motor y veleros de tipo 5 de más de 7 m.
- 4
Inspecciones: 10 años; 5 si han pasado más de 20 desde la primera matrícula, supera 24 m o es de madera y supera 12 m.
4Errores frecuentes
Error: Un velero ligero de tipo 5 de 6 m con fueraborda no necesita seguro por tener menos de 7 m.
Correcto: Todo tipo 5 con motor necesita seguro. El umbral de 7 m solo se aplica a veleros sin motor.
Error: Te multarán si no llevas el livrete en papel a bordo.
Correcto: El livrete es electrónico. Basta mostrar el código de acceso; los documentos vinculados tampoco necesitan copia en papel.
5Caso práctico y claves de examen
La Polícia Marítima detiene tu embarcación a motor de tipo 4 de 8 m, matriculada por primera vez hace 25 años. Muestras el código del livrete en el móvil y tu carta. La última inspección periódica fue hace siete años. El seguro está vigente y llevas ocho personas; la placa del constructor indica siete. ¿Qué falla?
Ver la respuesta
El livrete electrónico y la carta están bien. Pero han pasado más de 20 años desde la primera matrícula: corresponde inspección cada 5 años y, tras siete, está vencida. Ocho personas donde se admiten siete es sobrecarga. Ambas son infracciones graves, con multas de 300–3.000 €. Antes de salir otra vez, reduce a siete las personas y resuelve la inspección vencida con la autoridad competente; pedir cita no basta para ponerla al día.
Claves de examen
- Matricula antes de usar. Auxiliar exenta: sirve a una ER principal y cabe a bordo; ≤2,5 m y ≤4,5 kW.
- Documentos a bordo: livrete, carta, póliza de seguro y justificante del IUC (si procede).
- Seguro: tipos 1–4; tipo 5 con motor; tipo 5 a vela > 7 m.
- Vistoria periódica: 10 años; 5 si >20 desde primera matrícula, >24 m o madera >12 m.
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