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SOLAS, MARPOL, STCW y los convenios de la OMI

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La OMI: quién redacta las normas y quién supervisa a los Estados

1La lección en palabras sencillas

En una frase

La OMI redacta normas marítimas mundiales, pero no puede hacerlas cumplir. Los Estados las incorporan a su legislación y, desde 2016, la OMI audita cómo lo hacen.

Qué es la OMI

La Organización Marítima Internacional (OMI) es el organismo de la ONU para la seguridad, la protección marítima y el comportamiento ambiental del transporte marítimo. Tiene su sede en Londres y cuenta con 176 Estados Miembros. Redacta y adopta convenios (tratados) y códigos, pero no tiene un cuerpo de policía que los haga cumplir. Un convenio obliga internacionalmente a un Estado cuando este consiente en obligarse, por ejemplo mediante ratificación o adhesión (formas de incorporarse), y el convenio entra en vigor para él. El Estado debe incorporar sus obligaciones a la legislación nacional y aplicarlas.

Asamblea y Consejo

La Asamblea, formada por todos los Estados Miembros, es el órgano superior. Se reúne cada dos años, aprueba el presupuesto y el programa de trabajo y elige al Consejo. Este tiene 40 miembros con mandatos de dos años y dirige la OMI entre Asambleas. Las enmiendas adoptadas en 2021 lo ampliarían a 52 miembros, pero necesitan la aceptación de dos tercios de los Estados Miembros y aún no están en vigor.

Los comités

Los comités, abiertos a todos los Estados Miembros, realizan el trabajo técnico. El Comité de Seguridad Marítima (MSC) se ocupa de SOLAS, STCW, COLREG y Líneas de Carga. El Comité de Protección del Medio Marino (MEPC) trata MARPOL y los demás tratados ambientales. El Comité Jurídico (LEG) aborda responsabilidad e indemnización. El Comité de Facilitación (FAL) simplifica trámites y documentos portuarios. Siete subcomités preparan los detalles, entre ellos el HTW (factor humano, formación y guardia).

El Código III

Una norma solo funciona si cada Estado la aplica. El Código para la implantación de los instrumentos de la OMI (Código III) establece sus deberes en tres funciones: Estado de abanderamiento (cuya bandera enarbola el buque), Estado rector del puerto (cuyo puerto visita) y Estado ribereño (por cuyas aguas navega). El Subcomité III también analiza informes de siniestros y datos de supervisión por el Estado rector del puerto.

La auditoría IMSAS

Desde el 1 de enero de 2016, el Plan de auditorías de los Estados Miembros de la OMI (IMSAS) es obligatorio. Los auditores de la OMI visitan cada Estado, normalmente cada siete años aproximadamente. Comprueban el cumplimiento del Código III: legislación, reconocimientos, certificados, investigaciones de siniestros y supervisión por el Estado rector del puerto. Después, el Estado redacta un plan de medidas correctivas. Los demás Estados Miembros reciben un resumen de los resultados.

2Datos clave

Estados Miembros de la OMI
176 (más 3 Miembros Asociados)
Asamblea
Todos los Estados Miembros, cada dos años
Consejo
40 miembros; ampliación a 52 adoptada en 2021, aún no en vigor
Comités principales
MSC, MEPC, LEG, FAL y Cooperación Técnica (TCC)
IMSAS
Auditoría obligatoria de los Estados desde el 1 de enero de 2016
Norma de auditoría
Código III: deberes del Estado de abanderamiento, rector del puerto y ribereño

3Puntos clave

  1. 1

    Los Estados deciden si se hacen Partes de un convenio; las Partes deben cumplir sus obligaciones.

  2. 2

    MSC: seguridad; MEPC: medio ambiente; LEG: responsabilidad; FAL: trámites portuarios.

  3. 3

    El Código III fija los deberes del Estado de abanderamiento, rector del puerto y ribereño.

  4. 4

    IMSAS audita a cada Estado conforme al Código III; es obligatorio desde 2016.

4Errores frecuentes

  • Error: La OMI inspecciona buques y puede inmovilizarlos.

    Correcto: La OMI no inspecciona ni inmoviliza buques en el marco de la supervisión por el Estado rector del puerto. Los Estados de abanderamiento realizan reconocimientos; los Estados rectores del puerto inspeccionan conforme a su legislación.

  • Error: Un convenio de la OMI se aplica a todo buque en cuanto la OMI lo adopta.

    Correcto: Un convenio obliga a un Estado cuando este consiente en obligarse y el convenio entra en vigor para él.

  • Error: IMSAS audita a las navieras.

    Correcto: IMSAS audita a los Estados Miembros conforme al Código III. Comprueba cómo aplica el Estado las obligaciones de los convenios.

5Caso práctico y claves de examen

Situación

Un proveedor dice que un folleto de la OMI demuestra que un equipo nuevo es legalmente admisible en tu buque. Nadie ha comprobado los requisitos del Estado de abanderamiento. ¿Apruebas la compra basándote en eso?

Ver la respuesta

No. Un folleto de la OMI no acredita por sí solo la aceptación conforme a la legislación del Estado de abanderamiento. Pide al capitán o a la compañía que confirmen el convenio aplicable, su entrada en vigor para ese Estado y los requisitos nacionales. La OMI adopta normas; el Estado de abanderamiento las aplica. Una publicación de la OMI no equivale a la aprobación del Estado de abanderamiento.

Claves de examen

  • OMI: organismo de la ONU; los convenios obligan tras el consentimiento y la entrada en vigor para cada Estado; la legislación nacional da cumplimiento a las obligaciones.
  • Asamblea cada dos años; Consejo de 40; comités MSC, MEPC, LEG y FAL.
  • Código III: obligaciones de abanderamiento, del Estado rector del puerto y del ribereño.
  • IMSAS: auditoría obligatoria de los Estados Miembros desde el 1 de enero de 2016.

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