SOLAS, Líneas de Carga y COLREG
1La lección en palabras sencillas
SOLAS fija normas de seguridad del buque. Líneas de Carga limita la carga mediante el francobordo mínimo. COLREG establece las reglas para prevenir abordajes.
SOLAS
El Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (SOLAS) 1974 abarca buques de pasaje y cargueros de arqueo bruto (GT, medida del volumen cerrado) igual o superior a 500 en viajes internacionales, con excepciones por capítulo. Trata construcción (II-1), incendios (II-2), salvamento (III), radio (IV), navegación (V), cargas (VI), mercancías peligrosas (VII), buques nucleares (VIII), gestión de seguridad (IX), naves de gran velocidad (X), medidas especiales de seguridad (XI-1), protección (XI-2), graneleros (XII), verificación del cumplimiento (XIII), aguas polares (XIV) y personal industrial (XV).
Códigos obligatorios
SOLAS hace obligatorios códigos detallados: Sistemas de Seguridad contra Incendios (FSS), Dispositivos de Salvamento (LSA), Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG) y Marítimo Internacional de Cargas Sólidas a Granel (IMSBC). El capítulo IX hace obligatorio el Código Internacional de Gestión de la Seguridad (ISM); el XI-2, el Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (ISPS). Las reglas de radio del capítulo IV también abarcan cargueros desde 300 GT. Partes del capítulo V, incluidas la planificación del viaje y la ayuda a personas en peligro, se aplican incluso a yates.
Cambios recientes de SOLAS
Desde el 1 de enero de 2026, SOLAS II-1/3-13 regula dispositivos de izada y chigres para operaciones de fondeo. Las nuevas instalaciones a las que se aplica deben cumplir normas de proyecto; los equipos existentes afectados requieren pruebas y examen antes o durante el primer reconocimiento de renovación desde esa fecha. El PFOS, sustancia fluorada persistente, está prohibido en agentes extintores; los buques existentes cumplen antes o durante su primer reconocimiento desde esa fecha. Los capitanes notifican sin demora los contenedores perdidos a buques cercanos, al Estado ribereño más próximo y al de abanderamiento, y los contenedores a la deriva que avistan.
Buques autónomos
En mayo de 2026, el MSC 111 adoptó el Código para los buques marítimos autónomos de superficie (MASS). Es voluntario desde el 1 de julio de 2026. Se prevé una versión obligatoria para 2032.
Líneas de Carga
El Convenio sobre Líneas de Carga de 1966, actualizado por su Protocolo de 1988, fija el francobordo mínimo: distancia vertical en el centro del buque (a media eslora), desde el borde superior de la línea de cubierta hasta el de la línea de carga aplicable. El buque lleva un Certificado internacional de francobordo. Marcas: S (verano), T (tropical), W (invierno), F (agua dulce), TF (agua dulce tropical) y WNA (invierno en el Atlántico Norte). Elige según zona, estación y densidad del agua; el borde superior limita la carga. El francobordo aporta reserva de flotabilidad y reduce el agua que embarca en cubierta.
COLREG
El Convenio sobre el Reglamento internacional para prevenir los abordajes (COLREG) de 1972 entró en vigor en 1977. Se aplica a todos los buques en alta mar y en aguas conectadas navegables por buques de navegación marítima. Las autoridades competentes pueden dictar reglas especiales para radas, puertos, ríos, lagos y aguas interiores conectadas navegables por buques de navegación marítima. Deben ajustarse lo máximo posible a COLREG. Estudia sus reglas en el módulo COLREG.
2Datos clave
- SOLAS 1974
- En vigor 25 mayo 1980; cargueros de 500 GT o más en viajes internacionales
- Transición del PFOS
- Prohibido en 2026: buques existentes, primer reconocimiento desde 1 enero
- Código MASS
- Adoptado en mayo de 2026; voluntario desde el 1 de julio de 2026
- Líneas de Carga
- Convenio de 1966; Protocolo de 1988 en vigor el 3 de febrero de 2000
- COLREG 1972
- En vigor 15 julio 1977; incluye aguas conectadas de navegación marítima
3Puntos clave
- 1
SOLAS abarca construcción, incendios, LSA, radio, navegación, carga, ISM e ISPS.
- 2
Códigos obligatorios como FSS, LSA, IMDG e IMSBC contienen la mayor parte de los detalles.
- 3
Desde el 1 de enero de 2026 debes notificar inmediatamente la pérdida de contenedores de carga.
- 4
Líneas de Carga fija el francobordo mínimo; COLREG se aplica a todos los buques en el mar.
4Errores frecuentes
Error: SOLAS no establece ninguna obligación para un yate.
Correcto: La mayor parte de SOLAS no se aplica, pero partes del capítulo V, como planificar el viaje y los deberes de socorro, obligan a todos los buques.
Error: El Código MASS ya es obligatorio para los buques autónomos.
Correcto: El código adoptado en 2026 es voluntario. Se prevé una versión obligatoria hacia 2032.
Error: Un Estado ribereño puede sustituir COLREG por sus propias reglas en cualquier lugar frente a su costa.
Correcto: Las autoridades competentes pueden dictar reglas especiales para radas, puertos, ríos, lagos y aguas interiores conectadas navegables por buques de navegación marítima. Deben ajustarse lo máximo posible a COLREG.
5Caso práctico y claves de examen
Con mal tiempo, tu portacontenedores pierde seis contenedores de noche, a 40 millas náuticas de la costa. El primer oficial quiere esperar al amanecer para contarlos antes de informar. ¿Qué exige ahora SOLAS?
Ver la respuesta
Informa de inmediato, sin esperar un recuento exacto. Desde el 1 de enero de 2026, el capítulo V de SOLAS exige informar a los buques cercanos, al Estado ribereño más próximo y al de abanderamiento. Indica la posición, el número perdido y las mercancías peligrosas que haya. Envía actualizaciones conforme sepas más. Los contenedores a la deriva son un peligro para la navegación, especialmente para embarcaciones pequeñas de noche.
Claves de examen
- SOLAS 1974: capítulos II-1 a XV; códigos FSS, LSA, IMDG e IMSBC obligatorios.
- 1 de enero de 2026: dispositivos de izada II-1/3-13, prohibición del PFOS con transición al reconocimiento de buques existentes, notificación de contenedores perdidos.
- Líneas de Carga 1966/1988: francobordo, marcas, zonas y Certificado internacional de francobordo.
- COLREG 1972: en vigor en 1977; se aplica a todos los buques en el mar.
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