Ver unidadesEl derecho del mar, el Estado de abanderamiento y el control del Estado rector del puerto
Líneas de base y zonas marítimas de la CNUDM
1La lección en palabras sencillas
Mide los límites de distancia desde las líneas de base. Cada zona otorga distintas competencias al Estado ribereño; los derechos sobre la plataforma abarcan el lecho y el subsuelo.
CNUDM
La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM; UNCLOS en inglés) de 1982 entró en vigor el 16 de noviembre de 1994. Tiene más de 165 partes, incluida la UE. Estados Unidos no es parte, pero acepta la mayoría de las normas de navegación como derecho consuetudinario: normas nacidas de una práctica general de los Estados aceptada como jurídicamente obligatoria. La CNUDM establece las zonas, los derechos de paso y los deberes de los Estados del pabellón.
Líneas de base y aguas interiores
Los límites de distancia se miden desde la línea de base. La línea de base normal es la línea de bajamar de la costa, indicada en las cartas de gran escala del Estado. Si la costa tiene profundas aberturas o una franja de islas, el Estado puede trazar líneas de base rectas entre puntos. Salvo en el régimen archipelágico, las aguas situadas hacia tierra de esas líneas, como puertos, bahías y estuarios, son aguas interiores. Allí el Estado ribereño tiene plena soberanía y no existe un derecho general de paso.
Mar territorial y zona contigua
El mar territorial llega hasta 12 NM (millas náuticas) desde la línea de base. El Estado ribereño tiene soberanía sobre el agua, el fondo y el espacio aéreo, pero los buques extranjeros tienen derecho de paso inocente. Más allá, hasta 24 NM desde la línea de base, el Estado puede establecer una zona contigua. Allí puede prevenir o sancionar infracciones de sus leyes aduaneras, fiscales, de inmigración y sanitarias cometidas en su territorio o mar territorial.
ZEE y plataforma continental
La zona económica exclusiva (ZEE) alcanza hasta 200 NM desde la línea de base. Conservas las libertades de navegación y sobrevuelo; el Estado ribereño tiene derechos sobre recursos y competencias específicas. La plataforma continental abarca lecho y subsuelo, no las aguas suprayacentes: las situadas encima. Normalmente alcanza 200 NM. Más allá, el artículo 76 combina criterios geológicos y límites: 350 NM desde la línea de base o 100 NM más allá de la isóbata de 2.500 m, que une puntos con esa profundidad. Hay límites especiales para dorsales submarinas. La ampliación sigue recomendaciones de la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de la ONU.
Alta mar y la Zona
Más allá de la ZEE está la alta mar, abierta a todos los Estados. El fondo situado fuera de cualquier plataforma continental es la Zona. Sus minerales son patrimonio común de la humanidad y los gestiona la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos. El Acuerdo BBNJ, sobre la biodiversidad marina fuera de la jurisdicción nacional, entró en vigor el 17 de enero de 2026. Permite establecer áreas marinas protegidas en alta mar.
2Datos clave
- Mar territorial
- Hasta 12 NM desde la línea de base
- Zona contigua
- Hasta 24 NM desde la línea de base
- ZEE
- Hasta 200 NM desde la línea de base
- Plataforma continental ampliada
- Art. 76: 350 NM o 100 NM más allá de la isóbata de 2.500 m; límites especiales
- CNUDM
- Firmada en 1982; en vigor desde el 16 de noviembre de 1994
- Acuerdo BBNJ
- En vigor desde el 17 de enero de 2026
3Puntos clave
- 1
Mide los límites del mar territorial, la zona contigua y la ZEE desde la línea de base.
- 2
Aguas interiores: plena soberanía, sin derecho general de paso.
- 3
Mar territorial: 12 NM; zona contigua: 24 NM; ZEE: 200 NM.
- 4
En la ZEE, el Estado ribereño controla los recursos; conservas la libertad de navegación.
4Errores frecuentes
Error: La ZEE forma parte del territorio del Estado ribereño.
Correcto: La ZEE otorga derechos sobre recursos y ciertas competencias. La navegación sigue siendo libre, como en alta mar.
Error: El mar territorial se mide desde la línea de costa en pleamar.
Correcto: Se mide desde la línea de base: normalmente la de bajamar, o líneas de base rectas donde se permitan.
Error: En la zona contigua, el Estado ribereño puede hacer cumplir todas sus leyes.
Correcto: Estas competencias afectan a leyes aduaneras, fiscales, de inmigración y sanitarias, para prevenir o sancionar infracciones en su territorio o mar territorial.
5Caso práctico y claves de examen
Tu buque está a 18 NM de la línea de base del Estado ribereño, fuera de su mar territorial pero dentro de la zona contigua que ha establecido. Aduanas te ordena detenerte tras observar un transbordo ilegal de mercancías en el mar territorial. ¿Puede actuar?
Ver la respuesta
Sí. Estás dentro de la zona contigua establecida, a menos de 24 NM de la línea de base. El artículo 33 permite actuar a Aduanas para sancionar una infracción cometida en el mar territorial. Cumple la orden y registra los hechos. Estas competencias no cubrirían una infracción sobre artes de pesca; en esas mismas aguas podrían aplicarse las competencias sobre recursos de la ZEE.
Claves de examen
- Línea de base: bajamar; líneas de base rectas en costas con profundas aberturas.
- Mar territorial: 12 NM (soberanía); zona contigua: 24 NM (aduanas, fiscalidad, inmigración, sanidad).
- ZEE: derechos sobre recursos hasta 200 NM; plataforma ampliada: lecho/subsuelo, límites del artículo 76 y examen de la comisión de la ONU.
- Alta mar abierta a todos; la Zona gestionada por la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos; BBNJ en vigor desde el 17 de enero de 2026.
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